En relación a las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACIÓN al desistimiento del recurso de apelación interpuesta por las abogadas: ANDREA INES DURAN DELIMA y SILVIA DEL CARMEN PERDOMO RODRÍGUEZ, anteriormente identificadas, en fecha 20 de Noviembre del año 2013, por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo.
De conformidad con el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte recurrente.