Por todas las razones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: RATIFICA la Medida Cautelar Indeterminada de Protección a la Producción Agroalimentaria que se desarrolla sobre la unidad de producción agrícola denominada Finca "CAÑA DE AZÚCAR-SAN MARINO II", "CAÑA DE AZÚCAR", cuyos linderos particulares son: NORTE: Terrenos ocupados por Agropecuaria Fortore y Agrícola San Marino; SUR: Terrenos ocupados por José Edelio de la Concepción; ESTE: Silvia de Ferrer y OESTE: Terrenos ocupados por Agropecuaria Fortore, con una extensión total de CIEN HECTÁREAS CON DIECINUEVE METROS CUADRADOS (100 Has con 19 M2), y "SAN MARINO II", cuyos linderos particulares son: NORTE: Terrenos ocupados por Giuseppe Bentivegna, Antonio Disardi y Alejandro Arco; SUR: Terren.....