Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD AGRARIO, interpuesto por los recurrentes YAMILET ZUNILDE VALERO MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 12.240.652, representado judicialmente por los apoderados judiciales abogadas ANYELI AMAYA y KHATERIN FULLUP AMAYA, inscritas en el instituto de previsión social del abogado bajo los Nros 236.835 y 236.834, respectivamente, e invocando la representación sin poder del artículo 168 del Código de Procedimiento Civil de los herederos Nilda Rosa Valero Martínez CI V-12.240653, Yamilet zunilde Valero Martínez CI V- 12.240.652, Arazeliz Coromoto Valero Izarra CI V- 15.309.100, Neida.....