Por todos los argumentos antes explanados, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Ordinario de Apelación interpuesto en fecha diecisiete (17) de Enero de 2022 por el profesional del derecho abogado: N.M.P, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.054.034, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 20.745, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos: A.G.L.R, F.A.S.H, H.N.Á.L y N.S.Á, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.929.353, V-9.568.418, V-7.598.753 y V-18.871.979, respectivamente, contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portug.....