En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADO el desistimiento de la presente demanda de Cobro del Bolívares, suscrita por la ciudadana BLANCA PERLA GUTIERREZ Y WHILL R. PEREZ COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. 10.847.048 y N° 12.435.862, contra la Sociedad Mercantil MADEIRA BRISTO, C.A., con registro de información fiscal N° J-409422569, inscrita igualmente por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Lara, en fecha 10/03/2017, quedando anotado bajo el N° 13, Tomo 33-A, representada por los ciudadanos ANGELO NASTA, ENMANUEL BRAZAO MENDONCA DIOGO y ANTONYMAR RUZA RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad N°. E-82.107.882, E-81.467.552 y E-15.407.575, en su condición .....