en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO incoada por la ciudadana: GABRIELA ROSA GOMEZ VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-21.126.633, contra de los ciudadanos MARIO SINFOROZO DURÁN y GLORIA YSABEL DUDAMEL DE DURÁN (ampliamente identificado en el fallo). En consecuencia, se declara reconocido el presente documento: