Por las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO en la presente demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, de fecha 12 de marzo de 2024, en el juicio de reconocimiento de contenido y firma incoado por los ciudadanos WILMER GERARDO CAMACARO BASTIDAS y IVANNIA BEATRIZ LAMEDA CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 17.942.391 y V- 19.571.818, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado Eri Julián Ramos Álvarez, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 219.556, contra la ciudadana JUDITH MARISOL BASTIDAS DE CAMACARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.919.386. SEGUNDO: Se declara legalmente RECONOCIDO EN CONTENIDO Y FIRMA EL CONTRATO DE COM.....