De lo expuesto anteriormente, y visto lo dicho de los testigos que participaron en la conformación de este justificativo, aunado a la norma legal en comento y al no haberse realizado ninguna Oposición, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle al ciudadano CARLOS ALBERTO PAREDES MOLINA, ya identificado, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre una Parcela de Terreno Municipal, con una área total de CUATROCIENTOS VEINTINUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS, (429.Mts2 con 25 Ctm2), ubicado en el Barrio la Colonia parte baja, callejón de Acceso, Municipio Guanare del estado Portuguesa, bajo lo.....