DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A propuesta por los ciudadanos: YANINA VALLADARES BETANCOURT Y RAMON ANTONIO REINOSO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 14.732.373 y v-11.403.255, de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: YANINA VALLADARES BETANCOURT Y RAMON ANTONIO REINOSO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nº 18.295.035, en fecha dieciocho (18) de marzo de dos mil dieciséis (2.016), por ante el Reg.....