Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN correspondiente al ciudadano: CANDIDO RAMON VELA, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 1.205.591, la cual corre inserta en los Libros de Registro de Defunciones llevados por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa y el Registro Principal de este mismo estado, bajo el Nº 284, Tomo 1, folio 205, correspondiente al año 2018.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION antes descrita en lo relativo a que donde aparece escrito "Hijos e hijas del fallecido" por error in.....