Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por el ciudadano: HEBEN NEPTALI FERNANDEZ HERNADEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.865.538 con citación de su cónyuge la ciudadana: YELITZA DEL VALLE BASTARDO CASTELLANOS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 15.399.404, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos HEBEN NEPTALI FERNANDEZ HERNADEZ y YELITZA DEL VALLE BASTARDO CASTELLANOS en fecha veintiséis de febrero del año dos mil dieciséis, (26/02/2016) por ante la Oficina de Registro Civil del.....