Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por el ciudadano: CARLOS EDUARDO MORA HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.395.607 de este domicilio, debidamente asistido por la abogada en el ejercicio JOHANA MARIA BRICEÑO PERDOMO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº16.475.644 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 134.079; de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil. Mediante la cual solicitó la disolución del vínculo matrimonial existente entre su persona y la ciudadana RAMONA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.995.113, de es.....