Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, propuesta por el ciudadano: FREDDY ANTONIO MONTAÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.058.247, con citación de la ciudadana YASMINA LICENDA TREJO JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.728.136, ambos de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha veintiocho de septiembre de mil novecientos noventa y dos (28/09/1992), por ante la Prefectura del Municipio Guanare, del.....