Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por la ciudadana: EMMA JACQUELINE DOMINGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.568.826, con citación de su cónyuge el ciudadano: FREBER JOSE RODRIGUEZ RIVAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.454.452, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos EMMA JACQUELINE DOMINGUEZ y FREBER JOSE RODRIGUEZ RIVAS, en fecha nueve de Febrero del año dos mil (09/02/2.000), por ante la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Rio Acarigua de Municipio Araure de.....