Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185 propuesta por la ciudadana: ZURIANNY ANAIS RIERA GALLARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.293.971, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído con el ciudadano Cesar Daniel Marrugo Marrugo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.207.624, según consta de acta de matrimonio inserta bajo el N° 45 de los libros de registro de matrimonio del año 2018, llevados por ante la Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Urachiche de.....