Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio propuesta por los ciudadanos: LISANDRA GONZALEZ MENA y RAFAEL DARIO ALVARADO, la primera de nacionalidad Extranjera y el segundo de los nombrados de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-84.589.881 y V-9.405.536,, respectivamente, ambos de este domicilio.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, fecha veinte de junio de dos mil catorce (20-06-2014), por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Guanare, del estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el .....