Por los anteriores razonamientos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la acción que por Cobro de Bolívares vía ordinaria, ha intentado el ciudadano PEDRO PABLO DURAN CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 134.162, titular de la cédula de identidad Nº 11.404.946, de este domicilio, representado judicialmente por su apoderado judicial abogado MIGUEL ARMANDO HERNÁNDEZ AGUILERA, venezolano, mayor de edad, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.695, titular de la cédula de identidad Nº 7.444.428, de este domicilio, contra el ciudadano CELSO ANTONIO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.402.596, de este domicilio representado judicialmente por sus apoderad.....