Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO:CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio 185-A, propuesta por los ciudadanos:NINFA DEL CARMEN VIVAS DE LÓPEZyPEDRO ANTONIO LÓPEZ, venezolanos,mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-10.724.330 y V.-8.069.053,respectivamente y de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha Veintisiete De Octubre Del Dos Mil Veintiuno (27-10-2021), por ante la oficina de Registro Civil del Municipio Guanare, del estado Portuguesa, de conformidad con lo establ.....