Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por desafecto, propuesta por la Abogada en ejercicio: YUNETZY ADRIANA CEDEÑO CARUCI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.520.109, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 300.006, quien actúa mediante Poder especial Autenticado por ante la Notaria Publica del Municipio Guanare, según consta documento de fecha 13/01/2021, inserto bajo el Nº 2, Tomo 629, Folio 3 hasta el 104, de este domicilio, otorgado por los ciudadanos: ADRIANA ANDREINA ROSALES RAMIREZ y JUAN FRANCISCO GONZALEZ SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 20.545.278 y 19.419.708, de este domicili.....