Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO JURISPRUDENCIAL formulada por los ciudadanos: Carmen Yrenes Osorio y José Ramón Bastidas Valera, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.185.189 y V- 22.095.596 respectivamente, residenciada la primera en el Barrio Guaicaipuro, Sector II, Calle Cerro Azul, Casa S/N, Municipio Guanare Estado Portuguesa; y el segundo en San Nicolás, vía Barrialito frente a la UCV, Municipio San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa, debidamente asistidos por la Abogada en libre ejercicio, Lisandra Terán, titular de la cédula de identidad Nº V-14.332.831, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.....