En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 eiusdem queda DISUELTO, el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos:TARCICIO RAFAEL MOLINA TERÁN y ARACELYS JOSEFINA ARAUJO MEJIAS,ya identificados, en fecha 29/11/2013, ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Guanaredel Estado Portuguesa, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 547; a tal efecto, ofíciese lo conducente una vez quede firme el presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjense copias certificadas.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio, Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Guanare, a los docedías del mes de agosto del año dos mil veintidós (12/08/2022).
LA JUEZA,
ABG. MARITZA SANDOBAL PEDROZA
LA SECRETARIA, .....