DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud interpuesta por el ciudadano LUIS ENRIQUE RIERA, asistido por la abogada FRANCIS ALEXANDRA YUSTIZ CASTILLO, ut supra identificados.
La Jueza Suplente,
Abg. Gladibel Colmenares.
La Secretaria,
Abg. Yadira Rodriguez Pérez
Solicitud Nº 1221-2022.-
GC/yrp/neptalialvarado.-