Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle al ciudadano MARCOS ANTONIO GOYO TERÁN, ya identificado, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre una parcela de terreno municipal, con una área total de Doscientos Treinta y Ocho con Ochenta y Cuatro Metros Cuadrados (238,84 Mts2), donde se encuentra unas bienhechurias consistente en Una (1) casa construida de la siguiente manera: Dos (2) habitaciones, una (1) sala, Un (1) comedor, una (1) cocina, un (1) baño, un (1) lavadero, un (1) corredor, un (1) garaje, construido con paredes de bloques de cemento frisadas, techo de acerolit, tres (3) puertas de hierro, dos (2) ventanas de hierro.....