DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuesto este Tribunal Cuarto Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: el DECAIMIENTO O ABANDONO en el Recurso de Apelación solicitado por el ciudadano SERVANDO VARGAS, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Instituto de previsión social del abogado bajo el Nº 30.890, en la cual solicitaba que se dejara en el mueble la tabiquería por cuanto estaba adherida al mismo, Así se decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE NOTIFIQUESE y DEJESE COPIA:
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal Cuarto de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Guanare a los Dieciséis días del mes de Noviembre del Año Dos Mil Diecisiete (16/11/2017) Años 207° de la Independencia.....