Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a las ciudadanas MARLENI JOSEFINA RODRIGUEZ DE AVILA, KEIBER ANTONIO AVILA RODRIGUEZ, KERBY JOSEFINA AVILA RODRIGUEZ y KERLYS MARLENE AVILA RODRIGUEZ venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Guanare estado Portuguesa, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.407.510, V-19.533.734, V-19.533.735 y V-25.825.792 respectivamente, la existencia de su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus MELQUIADES ANTONIO AVILA CASTILLO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.642.197, y quien falleció ab intestato, el día 15 de septie.....