Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio, interpuesta por los ciudadanos: GERÓNIMO COROMOTO ÁLVAREZ y OLIVA CHACÓN DE ÁLVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-4.241.390 y V-14.067.584, fundamentado en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la Sentencia Nº 136 de fecha 30-03-2017, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, y las Sentencias Nº 693 de fecha 02-06-2015, y Sentencia Nº 1.070 de fecha 09-12-2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por desafecto e incompatibilidad de caracteres que impiden la continuación de su relación matrimonial.
SEGUNDO: En consecuen.....