es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas justificaciones suficientes para asegurarle a la ciudadana: Lisbeth Xiomara Ramos Torrealba, Venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-15.799.277, ya identificada, posesión y propiedad de las bienhechurías construidas sobre (Un lote de terreno Municipal propiedad del instituto nacional de Tierras (INTI) Ubicado en el Asentamiento José Antonio Paéz (Gato Negro), Poblado 2, Calle 11, Casa S/N, Guanare, Municipio Guanare, estado Portuguesa, con un área de terreno de doscientos veinticinco metros cuadrados (225.00 M2), para un área de construcción de doscientos veinticinco metros cuadrados (225.00 M2), consistente en: Una (1) vivienda tipo familiar con .....