DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos, éste Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: La Confesión Ficta del Demandado y Con lugar la acción de Desalojo de vivienda (inmueble), interpuesta por la ciudadana MARÍA DANIELA BRICEÑO GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.V- 14.466.905, contra el ciudadano GREGORIA ANA ZABALETA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.V- 5.128.802.
SEGUNDO: Se ordena a la entrega inmediata del bien inmueble objeto de la presente demanda, totalmente libre de personas y cosa, ubicada en Mesa de Cavacas, "Barrio el cementerio", calle los Algarrobos, del Municipio Guanare, estado Portuguesa, para la cual se ordena a la Sundavi, provea refugio o solución habitaci.....