este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, conformidad con el dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle el derecho a los ciudadanos: Antonio José Aldana Torrealba, Julián José Aldana Torrealba, Maribel Coromoto Aldana, Belkis Coromoto Aldana Torrealba; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No V-8.051.245, V.-8.052.075, V.-8.053.016, V. 9.253.073 y Yoeliana del Rosario Aldana Pérez, Romel Julián Aldana Pérez y Braulio Javier Aldana Saldaña, titulares de la cedula de identidad No V-17.285.853, No V-20.198.167 y No V 23.712.919, respectivamente, la condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su condición de Hijos, hijas y nietos del causante Ana María Torrealba de Aldana, quien era venezolana, titular de la cedula de identidad No V.-1.215.116, fallecido ab i.....