es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas justificaciones suficientes para asegurarle a las ciudadanas: Milagros Nathaly Garcia Nieves, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-12.239.297, Ana Virginia Garcia Nieves, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-17.002.529 y Sara Estilita Garcia Nieves, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-12.239.298. ya identificadas, posesión y propiedad de las bienhechurías construidas sobre el lote de Terreno Municipal Ubicado en el Barrio La Pastora, vía Morita de la ciudad de Guanare Estado Portuguesa, con una superficie aproximada de, CUATROCIENTOS SEIS METROS CON CINCUENTA Y SIETE.....