De lo expuesto anteriormente, y visto lo dicho de los testigos que participaron en la conformación de este justificativo, aunado a la norma legal en comento y al no haberse realizado ninguna oposición, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a la ciudadana MARIA EPIFANIA HIDALGO DE COLMENAREZ, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre una Parcela de Terreno Municipal, ubicada en el Barrio el Progreso, Sector 1, callejón de acceso de esta ciudad de Guanare, del estado Portuguesa, con un área total de construcción de 69.75 M2, bajo los siguientes linderos: : NORTE: Solar y casa de Martina López co.....