DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuesto este Tribunal Cuarto Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: el DECAIMIENTO O ABANDONO en la solicitud de Únicos Universales Herederos, presentada por la ciudadana LEIDY NOHEMI BRACHO CHAVIER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.145.216, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio PEDRO JOSE PARRA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.531.143 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 118.992, en la cual solicitaba se le sea declara a ella y a los ciudadanos XIOLY NOHEMI BRACHO CHAVIER, YELI YAQUELIN BRACHO CHAVIER, RENY RAFAEL BRACHO, SONIX JOEL BRACHO CHAVIER Y FERNANDO JOSE BRACHO CHAVIER, mayores de edad, venezolanos, solteros de este domicilio, y titulares .....