Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a las ciudadanas YOANNA CAROLINA ZAVARCE FERNANDEZ, YURIMA THAIS ZAVARCE FERNANDEZ y LISBETH LORENA GUERRA FERNANDEZ venezolanas, mayores de edad, domiciliadas en Guanare estado Portuguesa, titulares de las cédulas de identidad Nros V-18.102.447, V-21.159.070 y V-25.016.658 respectivamente, la existencia de su condición de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, de la De Cujus CARMEN FERNANDEZ COLMENARES, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.404.495, y quien falleció ab intestato, el día 26 de marzo del año 2013, en Guanare estado Portuguesa, a caus.....