Evacuadas las justificaciones de los ciudadanos PERAZA HUMBERTO ANTONIO, y ALCALA COLMENARES YONARDO ALFREDO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados el primero en el Barrio la importancia del municipio Guanare, y el segundo en el Barrio Sucre calle 2, casa numero 1, del municipio Guanare y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 16.209.277 y V.- 24.997.565, respectivamente por ante éste Juzgado, al ser conteste sus dichos y al no haberse realizado Oposición alguna sobre el mismo, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas justificaciones suficientes para asegurarle a el ciudadano CARLOS ALBERTO BASTIDAS BRICEÑO, ya identificado, posesió.....