Por los razonamientos expuesto este Tribunal Cuarto Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: el DECAIMIENTO O ABANDONO en la solicitud de Divorcio 185 A interpuesta la cónyuges Aura María Calderón contra Héctor Luis Montenegro Torrealba, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio Luis Alberto Gordillo, antes identificadas, Así se decide.