DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos: BONIFACIO MEJIA MARQUEZ y MARIA ALEJANDRINA D SANTIAGO DE MEJIAS, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad N° V- 3.780.482., V- 8.052.309, en el orden respectivo, domiciliados en la siguiente dirección, el primero en el Barrio Nuevo Casa S/N, del Municipio San Genaro de Boconoito, y la segunda en el Caserío Puente Páez casa S/N de Municipio San Genaro del Estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por.....