DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por el ciudadano: ELICIA DEL ACRMEN CANELONES CHINCHILLA Y JOSE ANTONIO REATIGA DUQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.662.174 y V- 9.652.724, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha treinta (30) de Diciembre del año Dos Mil Diez (30-12-2010), por ante la oficina de Registro Civil de la Parroquia Antolín Tovar Aquino Municipio San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa .....