DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos: JOSE GERVASIO PEREZ DUQUE y MARIA DE JESUS ORTIZ MALVACIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 3.198.089 y 14.333.066, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha treinta y uno (31) de enero de mil novecientos noventa y siete (31-01-1997), ante el Registro Civil del Municipio Libertador capital Palo Negro estado Aragua. En cuanto a los bienes adquiridos durante la un.....