Dispositiva
Por los fundamentos antes expuestos, este tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrado Justicia en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto propuesta por los ciudadanos Yordy José Hidalgo Flores y Wilyenerid Dayana Hernández Briceño, plenamente identificados, de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil. En consecuencia bajo la premisa de la Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia Nº 1070 de fecha 09-12-2016, expediente Nº 16-0916, doctrina en referencia acogida por la Sala de Casación Civil de nuestro Máximo Tribunal ya reseñado, mediante sentencia Nº 136, de fecha 30-03-2017, expediente Nº 2016-000479, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha Veintisiete (27) de Mar.....