Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA LA ADMISION de la demanda de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, incoada por la ciudadana María Sabina Urbina Vásquez, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 9.372.782, asistida por la Abogada Sonia Yudelis Tovar Machado, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 143.419, mediante la cual demanda al ciudadano Carlos Emilio Piñero Labro, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 20.766.232.
No se condena en costa a la parte actora por la naturaleza del fallo.
Regístrese y publíquese y déjese copia.
Dado, Sellado y Refrendado en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre de.....