DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, interpuesto por la ciudadana Marlene Barazarte Godoy, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº 13.039.224, contra su cónyuge Alirio José Fernández Briceño, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº 8.768.339, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha 19 de junio de 1991, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Portuguesa.
Regístrese y publíquese y déjese copia.
Dado, Sella.....