DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: Carmen Julia Quevedo Pérez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº 19.031.715, en representación de sus hijos xx, de 02 y 03 años de edad, contra el ciudadano: Víctor José Escalona Canelón, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, médico interno, titular de la cédula de Identidad Nº 16.328.242 y fija la cantidad de dos mil bolívares (Bs.2.000,00) mensuales, el doble en el mes de diciembre para gastos decembrinos, así como el 50% de los gastos por consulta medica y medicamentos en caso de enfermedad. Acordándose que al incorporarse a sus labores normales y d.....