Vista la anterior diligencia presentada por la ciudadana: KARINA DEL VALLE COLINA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.668.512, parte demandante en el Juicio de Obligación de Manutención, signado con el Nº 1707-14; la cual expone: Acudo por ante este Juzgado a los fines de informar a la ciudadana Juez, que por cuanto llegue a un acuerdo, con el padre de mi hijo en la Fiscalia Cuarta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, el ciudadano: RONALD ALEXANDER LOPEZ ZAZMORA, es por lo que yo, KARINA DEL VALLE COLINA HERRERA, desisto del presente procedimiento de dicha Obligación de Manutención; por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derecho disponible. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanarito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; le imparte.....