PRIMERO: Declara con Lugar la solicitud de Aumento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana LUZ MARY ALVAREZ ENRRIQUE en Representación de las adolescentes LUZCIANNY COROMOTO y LUICYMAR GREGORIA GOMEZ ALVAREZ, contra el ciudadano LUIS ELADIO GOMEZ SÁNCHEZ, deberá aportar para contribuir al incremento de la Obligación de manutención mensual solicitada en una suma de dinero equivalente a la cantidad de MIL DOSCIENTOS Bolívares (Bs. 1.200,00) mensuales. Se ordena al demandado en autos depositar la referida cantidad en una cuenta de ahorro, aperturada a nombre de las adolescentes LUZCIANNY COROMOTO y LUICYMAR GREGORIA GOMEZ ALVAREZ, representada por su madre LUZ MARY ALVAREZ ENRRIQUE. Líbrese lo conducente una vez quede definitivamente la sentencia.
SEGUNDO: Se establece, el doble de esta cantidad en el mes de septiembre y el doble en el mes de diciembre por concepto de gastos de uniformes y útiles escolares y gastos propios de la temporada. La cantidad aquí fijada se .....