Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: AURA ROSA PEREZ, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó: Certificado de Solvencia, Certificado de Empadronamiento, Cédula Catastral, Plano de Mensura, emitida por la Sindico Procuradora Municipal del Municipio Turén del Estado Portuguesa, Constancia de Residencia, Copia simple de Cédula de Identidad de la solicitante, testigos y abogado asistente, para .....