este Tribunal en base a las precedentes consideraciones NIEGA LA ADMISIÓN de la presente Solicitud de Titulo Supletorio, criterio aún sustentado por este juzgador, por basarse éste en una causa legal que hace que no proceda la solicitud planteada por el ciudadano: ARGENIS JOSÉ JIMÉNEZ, identificado en autos. Asimismo este Juzgador, exhorta a los solicitantes que una vez cumplidas las formalidades de Ley y en su debida oportunidad, podrían interponer nuevamente la referida solicitud. ASÍ SE DECIDE.