UNICO: Con los documentos acompañados en la solicitud, a saber; copia Certificada del Acta de Defunción Nº 1.114, correspondiente a la ciudadana: MARTINA COROMOTO TORREALBA, (folio 2), expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Araure del estado Portuguesa, copias certificadas de las actas de nacimientos y copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad de los hijos de la causante, de la causante y de los testigos (folios 3 al 27), documentos que éste Juzgador aprecia y valora de conformidad con lo establecido en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil. De igual forma, tomando en consideración la declaración de los ciudadanos: NANCY MARÍA MARTÍNEZ LARA y LUIS ALFREDO GONZÁLEZ (folios 40 y 44), quienes se encuentran debidamente identificadas en los autos y que estuvieron contestes en afirmar los hechos narrados, no encontrándose incursos en ninguna de las generales de ley; razón por la cual son valoradas y apreciadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 508 d.....