declara:
PRIMERO: CON LUGAR La Rectificación del Acta de Nacimiento de fecha 03 de agosto de 1975, solicitada por la ciudadana GREGORIA JOSEFINA AGUIRRE PULGAR, inserta por el Registro Civil del Municipio Turén del Estado Portuguesa y Acta de Nacimiento emitida por el Registro Principal del Estado Portuguesa, signadas bajo los Nº 580.
SEGUNDO: Se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DE LAS ACTAS antes descritas, en lo que respecta al nombre de la madre de la solicitante, siendo lo correcto MARIA ATANACIA.
TERCERO: Se ordena remitir oficios, copia certificada de esta decisión, con inserción del auto de ejecución que se dicte, al Registro Civil y Electoral del Municipio Turén, Estado Portuguesa y al Registro Principal del Estado Portuguesa, para que estampen la respectiva nota marginal, objeto del presente fallo, en atención de lo dispuesto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
QUINTO: No hay conde.....