Visto lo expuesto, tanto por la parte Demandante, ciudadano ALBERTO JOSE MOSQUERA VEGAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° v-19.798.450, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 176.203, como la parte Demandada, la ciudadana ADRIANA ASCENNETH RINCON REY, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.842.779, asistida por la abogada en ejercicio MARIALY COLMANAREZ S, titular de la cédula de identidad Nº V-13.843.445, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 93.461; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACION en todas y cada una de sus partes al acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en fecha 13 de junio de 2017, inserto en los folios nov.....