PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÒN de la ciudadana: MARIA ANASTACIA PINEDA DE PEREIRA, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.036275, inserta bajo el Nº 550 de fecha 06-06-2005, de los libros de Registro Civil de Defunciones del Municipio Araure del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DE DEFUNCIÒN, antes descrita, en lo que respecta al primer nombre de la ciudadana MARIA, hija de la fallecida MARIA ANASTACIA PINEDA DE PEREIRA, el cual se asentó erróneamente como "ALICIA", siendo lo correcto "MARIA", y así debe aparecer escrito, ejecutoriada la presente decisión.
TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DE DEFUNCIÒN, antes descrita, en lo que respecta al primer nombre de la ciudadana YENI, hija de la fallecida MARIA ANASTACIA PINEDA DE PEREIRA, el cual .....